El Reporte del Jubileo 2025, convocado por el Papa Francisco y elaborado por la Pontificia Academia de Ciencias Sociales junto a la Iniciativa para el Diálogo de Políticas de la Universidad de Columbia, plantea que la actual arquitectura financiera internacional no solo ha fracasado en prevenir crisis de deuda, sino que las reproduce de forma estructural. El diagnóstico parte de cifras críticas: 54 países destinan al menos el 10 % de sus ingresos fiscales solo al pago de intereses; 3.300 millones de personas viven en países que gastan más en servicio de deuda que en salud y 2.100 millones en países que gastan más que en educación.
El informe documenta cómo, desde 2014, la carga promedio de intereses sobre ingresos fiscales casi se ha duplicado en países en desarrollo. Este drenaje de recursos coexiste con la caída de la inversión productiva: en los países de bajos ingresos, la formación bruta de capital se ha estancado en 22 % del PIB, muy por debajo del 33 % promedio de países de ingresos medios. El resultado es un círculo vicioso: deuda elevada, bajo crecimiento y nuevas rondas de endeudamiento.
A diferencia del Jubileo 2000, centrado en la condonación parcial de la deuda de un grupo limitado de países pobres altamente endeudados mediante la Iniciativa HIPC y la Iniciativa de Alivio de la Deuda Multilateral, el Jubileo 2025 plantea una agenda más amplia y estructural: incluye a países de ingresos medios con deuda insostenible, exige la participación obligatoria de acreedores privados y bilaterales no tradicionales, incorpora la cancelación de deuda ecológica y vincula el alivio con reformas permanentes en la arquitectura financiera internacional. Mientras el Jubileo 2000 fue un esfuerzo puntual en un contexto de relativa estabilidad económica global, el Jubileo 2025 se concibe como parte de un rediseño sistémico para evitar que las crisis de deuda y las transferencias netas de recursos hacia el Norte se reproduzcan cíclicamente.
La Comisión plantea que, en los casos donde los superávits primarios requeridos para estabilizar la deuda son inviable —aún con refinanciación en condiciones concesionales—, la única salida efectiva es la reducción del valor nominal de la deuda. Esto implica un marco multilateral de anulación similar al de la Iniciativa HIPC de 1996, pero adaptado al escenario actual, donde los acreedores privados representan una proporción mucho mayor del total. El informe propone un HIPC II que incluya:
Participación obligatoria de acreedores privados y bilaterales no pertenecientes al Club de París.
Quitas suficientes para restaurar la sostenibilidad, evitando reestructuraciones “demasiado poco, demasiado tarde” que prolongan la crisis.
Suspensión inmediata de pagos durante la negociación, para frenar transferencias netas de recursos al exterior.
El reporte critica el papel del FMI y otros bancos multilaterales en financiar rescates de facto a acreedores privados, lo que incentiva la demora en reestructuraciones. Propone prohibir explícitamente este uso de fondos, redirigiendo el financiamiento multilateral hacia programas de recuperación y transformación productiva.
También subraya que la anulación de deuda debe integrarse con criterios de desarrollo y clima. Muchos países sobreendeudados son altamente vulnerables a impactos climáticos y requieren espacio fiscal para adaptación y mitigación. Sin alivio sustancial, cualquier agenda de transición energética queda subordinada a las obligaciones de pago.
En términos operativos, el informe recomienda:
Extender plazos de pago a 20 años o más, en línea con los ciclos reales de acceso a mercados.
Reducir tasas de interés a niveles cercanos a los del Banco Mundial en operaciones de refinanciamiento.
Incorporar cláusulas contractuales que activen suspensiones automáticas ante shocks sistémicos.
Revisar los análisis de sostenibilidad de deuda (DSA) para que prioricen el desarrollo inclusivo y la resiliencia climática, no solo la estabilización del ratio deuda/PIB.
El Jubileo 2025 es explícito: sin una reducción sustancial de la deuda —incluida su anulación cuando sea necesario—, no es posible liberar los recursos internos necesarios para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible ni para financiar una transición climática justa. El planteamiento es técnico y político: cambiar los incentivos de acreedores y organismos multilaterales, sustituir rescates a corto plazo por soluciones definitivas y crear un mecanismo vinculante de resolución de crisis soberanas.
Deuda y crisis climática: la dimensión ecológica
Uno de los aportes más relevantes del Jubileo 2025 es que vincula la anulación de deuda con la justicia climática. Muchos de los países más endeudados son, simultáneamente, los más vulnerables a desastres ambientales y los que menos han contribuido a las emisiones históricas que provocan la crisis climática. En términos reales, existe una deuda ecológica inversa: los principales acreedores —países con alta responsabilidad climática— son, a la vez, responsables de impactos que erosionan la base productiva y fiscal de sus deudores.
En este marco, la condonación de deuda ecológica no se presenta como un mecanismo de cooperación voluntaria, sino como una medida correctiva. Supone cancelar total o parcialmente obligaciones externas en función de la responsabilidad climática histórica de los acreedores, liberando espacio fiscal para:
Adaptación a impactos climáticos.
Mitigación de emisiones.
Reconstrucción tras desastres.
Inversión en transición energética justa.
El informe advierte que este alivio no debe limitarse a proyectos ambientales aislados o a canjes de deuda por naturaleza de alcance reducido. En cambio, debe integrarse en las estrategias nacionales de desarrollo sostenible, permitiendo reasignar recursos a sectores prioritarios como salud, educación, infraestructura y resiliencia climática.
En Ecuador, la fusión del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) con el Ministerio de Energía y Minas —anunciada el 24 de julio de 2025 por el presidente Daniel Noboa como parte de una reducción de 20 a 14 ministerios— implicará consecuencias profundas, riesgos institucionales, retrocesos ambientales y desafíos financieros que conviene valorar con detalle.
Esta decisión se da en un país donde los sectores petrolero y minero no solo representan pilares clave de la economía —aportando una parte sustancial de los ingresos fiscales, las exportaciones y la inversión extranjera—, sino que también concentran conflictos socioambientales, disputas territoriales y tensiones entre desarrollo económico y protección de la naturaleza.
En primer término, organizaciones ambientales como WWF‑Ecuador[i] o CONAIE[ii] han alertado que esta medida representa un retroceso institucional sin precedentes, pues se subordina el órgano encargado de proteger el medioambiente a los intereses del sector de las industrias extractivas, creando un claro conflicto de interés: ahora el controlador y el controlado estarán dentro de la misma estructura. Asimismo, la Coordinadora CEDENMA[iii] expresó que la independencia del MAATE es parte de las garantías para la protección de los derechos de la naturaleza, consagrados en la Constitución ecuatoriana; su desaparición equivaldrá a su erosión.
Sobre el plano operativo, se teme que la fusión debilite la capacidad de fiscalización ambiental: la pérdida de autonomía, los despidos de personal técnico y una menor independencia institucional podrían traducirse en un descenso en el control de tala ilegal, minería clandestina, tráfico de fauna y derrames de hidrocarburos, que ya han tenido impactos graves para la salud pública y los ecosistemas, como ocurrió en el derrame en Esmeraldas en marzo de 2025 y después la explosión de la refinería de hidrocarburos en la misma provincia[iv].
El debilitamiento de la institucionalidad en marcha, ya ha traído consecuencias. ¿Qué podemos esperar en el futuro con las fusiones y los nuevos despidos? Solamente en julio de este año, se despidieron unos 250 técnicos especializados de Petroecuador —incluyendo geólogos, geofísicos e ingenieros— en este marco del plan de “optimización” estatal[v]. Sindicatos de trabajadores petroleros como ANTEP y SINTEP advierten que esta decisión amenaza la operatividad de la producción, transporte y comercialización de hidrocarburos, justo cuando un estudio de 2022 ya señalaba un déficit de alrededor de 1.200 profesionales en el sector[vi]. Al mismo tiempo, la fusión del Ministerio de Ambiente con el de Minas implica despidos y reorganización interna que podrían reducir aún más el personal técnico del antiguo MAATE, debilitando su capacidad de fiscalización ambiental, supervisión de proyectos extractivos y protección de los derechos de la naturaleza.
En lo económico, hay también implicaciones relevantes. El gobierno afirma que busca optimizar que estas reformas se realizan con apoyo del FMI, como parte de un plan de austeridad fiscal[vii]. Sin embargo, los ahorros previstos, 0,1% del PIB anual, parecen modestos y podrían venir acompañados de costos ocultos, por ejemplo, si la degradación ambiental reduce ingresos de sectores como el turismo ecológico, pagos por servicios ecosistémicos o potenciales financiamientos internacionales vinculados a biodiversidad y cambio climático.
Noboa ha defendido la fusión citando como modelo a Costa Rica, pero esa comparación es bastante superficial. En Costa Rica, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) existe desde la década de 1990 y funciona en un entorno donde existe una fuerte legislación ambiental, marcos técnicos sólidos, agencias desconcentradas independientes como SETENA (Evaluación de Impacto Ambiental), SINAC (áreas protegidas), DIGECA (calidad ambiental) y estructuras de control claramente separadas dentro del ministerio, más control judicial especializado y acreditación de laboratorios reconociendo estándares internacionales.
Más aún, Costa Rica no cuenta con petróleo ni minería significativa, ha limitado la extracción de combustibles fósiles mediante moratoria hasta 2050, y genera más del 98 % de su electricidad con fuentes renovables. Comparar esa realidad con un país como Ecuador —dependiente históricamente de la renta petrolera y con conflictos sociales derivados de la extracción— es simplemente inapropiado y engañoso.
La fusión no solo supone un cambio administrativo, sino un cambio de paradigma: de conservación al extracción como prioridad, en un momento crítico del cambio climático y la crisis de biodiversidad. Desde una perspectiva tanto financiera como ambiental, el costo podría superar ampliamente los ahorros inmediatos.
[iv] Uno de los más graves desastres naturales en Ecuador, el derrame de más de 25 000 barriles de crudo afectó ríos y manglares en Esmeraldas. Dos meses después, una explosión en la refinería estatal dejó fuera de operación su principal planta petrolera.
Una coalición de organizaciones de la sociedad civil del Sur y el Norte Globales presenta esta declaración conjunta en vísperas de la conferencia sobre Financiación para el Desarrollo (FfD4) en Sevilla y la COP30 en Belém. El documento analiza cómo las crisis climática y de la deuda se retroalimentan y describe un camino claro a seguir: impulsar una ambiciosa agenda de justicia fiscal para movilizar recursos públicos, reducir las desigualdades y financiar una transición justa.
En un contexto global marcado por la reducción de los presupuestos públicos, el incumplimiento de los compromisos de financiación climática y la profundización de la desigualdad, la declaración enfatiza que una tributación justa y progresiva es una herramienta poderosa para transformar el sistema actual. Insta a los gobiernos, especialmente a los del Norte Global, a cumplir con sus obligaciones poniendo fin a las prácticas fiscales perniciosas, gravando la riqueza extrema y las ganancias corporativas, y apoyando la creación de un marco tributario internacional justo a través de las Naciones Unidas.
Los fideicomisos públicos como nodos de articulación financiera
El Artículo 5 autoriza la creación de fideicomisos públicos para la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Estos podrán financiarse mediante donaciones, préstamos, rendimientos de proyectos y tasas derivadas de actividades permitidas.
“La autoridad competente podrá constituir un fideicomiso público para la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas […] que se podrá nutrir de […] donaciones nacionales o internacionales; […] préstamos; […] rendimientos de proyectos; y otros ingresos generados […] como tasas, tarifas u otros mecanismos legalmente establecidos” (Art. 5).
Este mecanismo replica esquemas ya utilizados en los canjes de deuda por naturaleza. Como en el caso Galápagos, dichos fideicomisos pueden ser gestionados desde el extranjero, con comités técnicos dominados por actores internacionales y sin garantías efectivas de transparencia, auditoría ciudadana o control parlamentario. Aunque el texto alude a la normativa del Sistema Nacional de Finanzas Públicas, no incluye mecanismos vinculantes de fiscalización democrática o participación comunitaria.
Gestión privada de territorios: entre la tercerización funcional y la desposesión
El Artículo 4 permite que la administración de las áreas protegidas pueda ser delegada a gestores privados mediante contratos u otros mecanismos asociativos, con la única condición de «no privatizar» formalmente el área.
“El modelo de gestión […] podrá optar por la gestión directa del Estado […] o con gestores privados a través de mecanismos contractuales de administración; mecanismos asociativos; u otros mecanismos […]” (Art. 4).
Esta disposición introduce una tercerización funcional, característica de los esquemas de financiamiento climático. Bajo este régimen, las áreas podrán ser operadas por ONGs transnacionales, fideicomisos con sede en el extranjero o empresas que ofertan servicios ecosistémicos, sin que el control efectivo permanezca en manos del Estado ecuatoriano. Estos arreglos tienden a vaciar de contenido la titularidad pública, restringiendo la capacidad soberana de planificación territorial. Diversos estudios han caracterizado estos procesos como formas contemporáneas de «colonialismo verde» (Büscher y Fletcher, 2020), por subordinar los bienes comunes a lógicas de acumulación financiera global.
Servicios ecosistémicos: apertura normativa al mercado ambiental
El Artículo 7 habilita una variedad de actividades económicas en zonas de uso público, incluyendo infraestructura turística, monitoreo de biodiversidad y servicios ecosistémicos.
“[Se podrán desarrollar] proyectos enfocados en […] alimentación, alojamiento, transporte, construcción […] monitoreo de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos” (Art. 7).
Aunque se prohíbe la extracción de recursos no renovables, la referencia al «monitoreo de servicios ecosistémicos» sin definición normativa precisa anticipa su cuantificación y posible transacción en mercados ambientales. Ecuador ya cuenta con plataformas como TERRA (REDD+), financiada por el Banco Mundial, que permiten monetizar la captura de carbono en bosques nativos. Este marco legal acondiciona el territorio para convertir tales servicios en activos financieros, facilitando futuros canjes de deuda, emisiones verdes o esquemas de «bancos de conservación».
Fideicomisos y arquitectura financiera internacional
El uso del fideicomiso como instrumento de intermediación financiera fue central en el Galápagos Marine Bond (2023), una operación por USD 1.628 millones estructurada por el BID y Credit Suisse. El fideicomiso Galápagos Life Fund, registrado en Delaware (EE.UU.), fue gestionado sin control parlamentario, bajo un comité técnico internacionalizado. La nueva ley permite replicar este modelo con respaldo legal, ampliando su aplicación al conjunto del sistema de áreas protegidas.
Esto configura una infraestructura legal funcional a las exigencias de bancos multilaterales, plataformas de disclosure como el Taskforce on Nature-related Financial Disclosures (TNFD) o las iniciativas del FMI sobre deuda y clima. El peligro no es solo técnico: se trata de una cesión de soberanía fiscal, ecológica y territorial que convierte los territorios en colaterales de operaciones financieras estructuradas.
Seguridad y control territorial: riesgo de militarización opaca
La ley habilita la participación de Fuerzas Armadas y Policía Nacional en la «protección» de las áreas protegidas (Art. 9), sin establecer mecanismos de control civil ni límites operativos. En un contexto de infiltración del crimen organizado en estructuras estatales, esta disposición plantea serios riesgos de instrumentalización del aparato de seguridad. La experiencia comparada muestra que la militarización de la conservación (como en Colombia o México) suele intensificar conflictos territoriales y criminalizar a comunidades locales.
Tramitación exprés y unidad de materia
El carácter de ley económica urgente ha sido instrumentalizado para evitar un debate estructural. Al incluir disposiciones de carácter fiscal, ambiental, de seguridad interna y de endeudamiento externo bajo la etiqueta de “gestión económica”, el proyecto podría violar el principio constitucional de unidad de materia (art. 136), según jurisprudencia previa de la Corte Constitucional.
Un marco a medida del capital verde
Lejos de fortalecer la conservación, esta ley consolida un marco legal adaptado a la arquitectura de las finanzas verdes globales. En lugar de proteger la biodiversidad, la convierte en activo transable. Legaliza e institucionaliza mecanismos que han demostrado ser opacos, excluyentes y funcionales a lógicas de acumulación externa.
Frente a esta avanzada, es urgente no solo exigir el respeto a los derechos territoriales de pueblos y comunidades, sino también cuestionar la arquitectura financiera que pretende salvar la naturaleza reduciéndola a toneladas de carbono y retornos en divisas. La disputa no es solo por la gestión de las áreas protegidas, sino por el sentido mismo de la conservación y su relación con la soberanía democrática.
Debt swaps linked to nature and climate action are emerging as a tool for developing countries to alleviate their external debt burden. However, concerns are raised about the lack of transparency and limitations imposed by creditors, which may hinder the autonomy of these countries in implementing their own development plans.
This paper seeks to present key principles to guide the structuring and implementation of high-integrity debt swaps to ensure that debt swaps not only reduce debt, but also respect the rights of communities and promote climate and financial justice. The need for an equitable distribution of benefits and the limitation of conditionalities that may affect the sovereignty of debtor countries is emphasized. It is about building a future where sustainability and social justice go hand in hand.
Los canjes de deuda vinculados a la naturaleza y la acción climática están emergiendo como una herramienta para que los países en desarrollo alivien su carga de deuda externa. Sin embargo, surgen preocupaciones sobre la falta de transparencia y las limitaciones impuestas por los acreedores, lo que puede obstaculizar la autonomía de estos países en la implementación de sus propios planes de desarrollo.
Este documento busca presentar principios clave que orienten la estructuración e implementación de canjes de deuda de alta integridad para garantizar que los canjes de deuda no solo reduzcan la deuda, sino que también respeten los derechos de las comunidades y promuevan la justicia climática y financiera. Se enfatiza la necesidad de una distribución equitativa de beneficios y la limitación de condicionalidades que puedan afectar la soberanía de los países deudores. Se trata de construir un futuro donde la sostenibilidad y la justicia social vayan de la mano.