En Ecuador, la fusión del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) con el Ministerio de Energía y Minas —anunciada el 24 de julio de 2025 por el presidente Daniel Noboa como parte de una reducción de 20 a 14 ministerios— implicará consecuencias profundas, riesgos institucionales, retrocesos ambientales y desafíos financieros que conviene valorar con detalle.
Esta decisión se da en un país donde los sectores petrolero y minero no solo representan pilares clave de la economía —aportando una parte sustancial de los ingresos fiscales, las exportaciones y la inversión extranjera—, sino que también concentran conflictos socioambientales, disputas territoriales y tensiones entre desarrollo económico y protección de la naturaleza.
En primer término, organizaciones ambientales como WWF‑Ecuador[i] o CONAIE[ii] han alertado que esta medida representa un retroceso institucional sin precedentes, pues se subordina el órgano encargado de proteger el medioambiente a los intereses del sector de las industrias extractivas, creando un claro conflicto de interés: ahora el controlador y el controlado estarán dentro de la misma estructura. Asimismo, la Coordinadora CEDENMA[iii] expresó que la independencia del MAATE es parte de las garantías para la protección de los derechos de la naturaleza, consagrados en la Constitución ecuatoriana; su desaparición equivaldrá a su erosión.
Sobre el plano operativo, se teme que la fusión debilite la capacidad de fiscalización ambiental: la pérdida de autonomía, los despidos de personal técnico y una menor independencia institucional podrían traducirse en un descenso en el control de tala ilegal, minería clandestina, tráfico de fauna y derrames de hidrocarburos, que ya han tenido impactos graves para la salud pública y los ecosistemas, como ocurrió en el derrame en Esmeraldas en marzo de 2025 y después la explosión de la refinería de hidrocarburos en la misma provincia[iv].
El debilitamiento de la institucionalidad en marcha, ya ha traído consecuencias. ¿Qué podemos esperar en el futuro con las fusiones y los nuevos despidos? Solamente en julio de este año, se despidieron unos 250 técnicos especializados de Petroecuador —incluyendo geólogos, geofísicos e ingenieros— en este marco del plan de “optimización” estatal[v]. Sindicatos de trabajadores petroleros como ANTEP y SINTEP advierten que esta decisión amenaza la operatividad de la producción, transporte y comercialización de hidrocarburos, justo cuando un estudio de 2022 ya señalaba un déficit de alrededor de 1.200 profesionales en el sector[vi]. Al mismo tiempo, la fusión del Ministerio de Ambiente con el de Minas implica despidos y reorganización interna que podrían reducir aún más el personal técnico del antiguo MAATE, debilitando su capacidad de fiscalización ambiental, supervisión de proyectos extractivos y protección de los derechos de la naturaleza.
En lo económico, hay también implicaciones relevantes. El gobierno afirma que busca optimizar que estas reformas se realizan con apoyo del FMI, como parte de un plan de austeridad fiscal[vii]. Sin embargo, los ahorros previstos, 0,1% del PIB anual, parecen modestos y podrían venir acompañados de costos ocultos, por ejemplo, si la degradación ambiental reduce ingresos de sectores como el turismo ecológico, pagos por servicios ecosistémicos o potenciales financiamientos internacionales vinculados a biodiversidad y cambio climático.
Noboa ha defendido la fusión citando como modelo a Costa Rica, pero esa comparación es bastante superficial. En Costa Rica, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) existe desde la década de 1990 y funciona en un entorno donde existe una fuerte legislación ambiental, marcos técnicos sólidos, agencias desconcentradas independientes como SETENA (Evaluación de Impacto Ambiental), SINAC (áreas protegidas), DIGECA (calidad ambiental) y estructuras de control claramente separadas dentro del ministerio, más control judicial especializado y acreditación de laboratorios reconociendo estándares internacionales.
Más aún, Costa Rica no cuenta con petróleo ni minería significativa, ha limitado la extracción de combustibles fósiles mediante moratoria hasta 2050, y genera más del 98 % de su electricidad con fuentes renovables. Comparar esa realidad con un país como Ecuador —dependiente históricamente de la renta petrolera y con conflictos sociales derivados de la extracción— es simplemente inapropiado y engañoso.
La fusión no solo supone un cambio administrativo, sino un cambio de paradigma: de conservación al extracción como prioridad, en un momento crítico del cambio climático y la crisis de biodiversidad. Desde una perspectiva tanto financiera como ambiental, el costo podría superar ampliamente los ahorros inmediatos.
[iv] Uno de los más graves desastres naturales en Ecuador, el derrame de más de 25 000 barriles de crudo afectó ríos y manglares en Esmeraldas. Dos meses después, una explosión en la refinería estatal dejó fuera de operación su principal planta petrolera.
Una coalición de organizaciones de la sociedad civil del Sur y el Norte Globales presenta esta declaración conjunta en vísperas de la conferencia sobre Financiación para el Desarrollo (FfD4) en Sevilla y la COP30 en Belém. El documento analiza cómo las crisis climática y de la deuda se retroalimentan y describe un camino claro a seguir: impulsar una ambiciosa agenda de justicia fiscal para movilizar recursos públicos, reducir las desigualdades y financiar una transición justa.
En un contexto global marcado por la reducción de los presupuestos públicos, el incumplimiento de los compromisos de financiación climática y la profundización de la desigualdad, la declaración enfatiza que una tributación justa y progresiva es una herramienta poderosa para transformar el sistema actual. Insta a los gobiernos, especialmente a los del Norte Global, a cumplir con sus obligaciones poniendo fin a las prácticas fiscales perniciosas, gravando la riqueza extrema y las ganancias corporativas, y apoyando la creación de un marco tributario internacional justo a través de las Naciones Unidas.
El caso de la Exportadora Bananera Noboa S.A., empresa del Grupo Noboa y propiedad de la familia de Álvaro Noboa, padre del presidente del gobierno de Ecuador, es uno de los ejemplos más representativos de evasión y elusión tributaria del país. La deuda tributaria que arrastra desde 2005 expone no solo las debilidades estructurales del sistema fiscal, sino también las tensiones entre poder económico, administración tributaria y finanzas públicas.
El origen de la deuda se remonta al ejercicio fiscal de 2005, cuando el SRI (la autoridad tributaria) detectó irregularidades graves en la subvaloración de exportaciones de banano. La empresa vendía su producto a compañías relacionadas ubicadas en paraísos fiscales, a precios menores al de mercado. Esta maniobra -conocida como precios de transferencia- permitía desviar utilidades al exterior y reducir la base imponible en Ecuador. Según el SRI, la empresa omitió declarar ingresos por cerca de USD 226 millones, lo que implicó un pago adicional de USD 85 millones por Impuesto a la Renta.
El proceso de determinación tributaria extraordinaria derivó en una glosa inicial de USD 46 a 49 millones, que con intereses y multas creció a más de USD 90 millones para 2012. Desde 2007, la empresa inició una extensa batalla legal en todas las instancias disponibles: reclamos administrativos, acciones en el Tribunal Distrital Fiscal, la Corte Nacional de Justicia e incluso cortes extranjeras. Alegó errores técnicos del SRI en el cálculo de los precios de exportación, comparaciones con precios internacionales inadecuados, y la supuesta falta de vínculos con las empresas offshore.
No obstante, el SRI logró demostrar los nexos entre las compañías off-shore y el Grupo Noboa, y la Corte Nacional de Justicia falló finalmente en contra de la empresa, dejando firme la deuda tributaria. Esta victoria legal fue calificada por el entonces director del SRI, Carlos Marx Carrasco, como emblemática en la lucha contra la evasión fiscal, aunque también señaló que este era solo un caso entre muchos: el grupo completo adeudaría al menos otros USD 200 millones por diferentes conceptos.
Así, con la deuda ejecutoriada en firme desde 2012, el Estado desplegó mecanismos de cobro coactivo. Sin embargo, se enfrentó a tácticas de elusión por parte del Grupo Noboa, como la reorganización interna de sus empresas. Mientras litigaban, muchas operaciones comerciales fueron transferidas a otras firmas del conglomerado, dejando a Exportadora Noboa sin activos, sin flujo de negocios y sin posibilidad real de cobro.
El SRI adoptó medidas cautelares. Congelamiento de cuentas, prohibición de enajenar activos y hasta impedimentos de salida del país para Álvaro Noboa. En 2013 se procedió al embargo de bienes, incluyendo terrenos agrícolas, vehículos y aeronaves. El caso más conocido fue el de la Hacienda La Clementina, una plantación bananera de 11.500 hectáreas, incautada en mayo de 2013. La propiedad fue subastada y, con financiamiento público, fue adquirida por una cooperativa de ex trabajadores Noboa.[1]
Pese a estos esfuerzos, el cobro total de la deuda fue limitado. Muchos activos eran difíciles de liquidar o habían sido transferidos a otras razones sociales. Así, aunque el Estado mostró voluntad de confrontar a un grupo económico poderoso, las limitaciones legales y estructurales redujeron la eficacia de la acción fiscal.
Remisiones tributarias y persistencia de la deuda
Entre 2008 y 2022, sucesivos gobiernos impulsaron al menos seis leyes de remisión tributaria. Estas permitían condonar intereses y multas si se pagaba el capital en un plazo determinado. Aunque se presentaban como herramientas para facilitar la regularización tributaria de miles de contribuyentes, también beneficiaban potencialmente a grandes deudores. Sin embargo, Exportadora Noboa se abstuvo sistemáticamente de acogerse a estas facilidades.
Hasta el viernes del 25 de julio del 2025, según el portal de la página web del SRI, la deuda de la empresa Noboa ascendía a unos USD 89 millones: USD 30 millones de capital y casi USD 59 millones en recargos. Aunque la empresa reportaba activos por USD 3,7 millones, su disposición a pagar parecía nula. Según expertos tributarios, este tipo de empresas suelen operar como “cáscaras vacías”, sin patrimonio, lo que imposibilita el cobro. La estructura productiva real ya operaba desde otras razones sociales del grupo.
La llegada de Daniel Noboa y la nueva remisión de 2025
Con la elección de Daniel Noboa como Presidente de la República en 2023, el caso recobró atención pública. Durante la campaña, Noboa fue cuestionado sobre si cobraría la deuda familiar. Su respuesta fue ambigua: dijo que el SRI debía actuar sin intervención política.
No obstante, una de las primeras medidas económicas de su gobierno fue la aprobación de la Ley Orgánica de Integridad Pública en 2025. Esta norma, vigente desde junio, estableció una nueva remisión de intereses y multas para deudas acumuladas hasta diciembre de 2024, sin excluir a grandes empresas. Según el SRI, se esperaba recaudar hasta USD 100 millones por regularización voluntaria. Pero la polémica surgió al conocerse que entre los beneficiarios potenciales figuraba explícitamente Exportadora Bananera Noboa.
Para julio de 2025, el sistema del SRI ya reflejaba una drástica reducción de la deuda: de USD 98 millones a USD 21,8 millones. Es decir, el Estado condonó más de USD 76 millones en intereses y multas. Aunque legalmente cualquier contribuyente podía acogerse a la ley, la coincidencia temporal -una norma aprobada en el mandato del hijo del principal deudor- generó críticas por conflicto de interés.
El SRI aclaró que la deuda “sigue existiendo” y que se exigirá el pago del capital restante. Sin embargo, muchos observadores señalan que el Grupo Noboa logró, tras casi dos décadas, evitar pagar la mayor parte del monto adeudado. La empresa dejó de figurar como el principal deudor del país, bajando posiciones en el ranking del SRI.
Implicaciones estructurales: inequidad y captura fiscal
El caso Noboa es paradigmático de una estructura tributaria regresiva y capturada por intereses económicos concentrados. En Ecuador, donde la riqueza está fuertemente concentrada, la evasión fiscal de las élites debilita la progresividad impositiva. Al reducirse la recaudación de impuestos directos, el Estado depende más del IVA y otros tributos indirectos, que afectan proporcionalmente más a los sectores populares.
El propio SRI ha reconocido que la fuga de capitales hacia paraísos fiscales deteriora el carácter redistributivo del sistema tributario. Mientras los grandes contribuyentes logran eludir sus obligaciones mediante estructuras legales complejas, la mayoría de ecuatorianos —sin acceso a esos mecanismos— terminan soportando mayor carga fiscal. En términos prácticos: cuando unos pocos no pagan, los demás pagan más.
Se estima que las deudas tributarias firmes superan los USD 2.000 millones, de los cuales USD 800 millones corresponden a apenas 25 grupos económicos. Las remisiones, si bien aportan liquidez inmediata, pueden debilitar la credibilidad del sistema. La experiencia muestra que quienes postergan el pago acaban siendo premiados con condonaciones, incentivando el incumplimiento. En el caso Noboa, litigar y esperar resultó ser una estrategia efectiva.
El proceso judicial y político de la deuda del Grupo Noboa deja múltiples lecciones. Por un lado, demuestra que incluso una administración como la de Correa no logró revertir del todo el incumplimiento tributario de grandes grupos. Por otro, muestra que la vía conciliadora -como la remisión de 2025- puede implicar costos de legitimidad y percepción pública, especialmente si se entrecruzan intereses familiares y decisiones de política pública.
Más allá del caso individual, el episodio revela la urgencia de fortalecer la capacidad del Estado para cobrar a los grupos de poder. Esto implica:
cerrar vacíos normativos,
regular los flujos hacia paraísos fiscales,
impedir reestructuraciones fraudulentas,
y proteger la institucionalidad tributaria frente a presiones políticas.
Al mismo tiempo, es indispensable avanzar hacia una arquitectura tributaria más progresiva y transparente, donde las grandes fortunas contribuyan de forma justa, y no haya espacio para privilegios encubiertos. De lo contrario, la economía ecuatoriana seguirá atrapada en un régimen fiscal donde las élites se benefician de resquicios legales mientras las mayorías cargan con el peso de sostener al Estado.
Referencias
Comité de Solidaridad Furukawa Nunca Más. (s. f.). Furukawa Nunca Más. Recuperado el 28 de julio de 2025, de https://www.furukawanuncamas.org/
Dávila, D. (2025, 27 de julio). Denuncian la desaparición de USD 76,2 millones de la deuda de la Bananera Noboa con el SRI. Radio Pichincha. Recuperado de https://www.radiopichincha.com/desaparece-millones-deuda-bananera-noboa-sri/
Tapia, E. (2023, 7 de diciembre). ¿Quiénes son los mayores deudores a los que el SRI perdonaría intereses millonarios? Primicias. Recuperado de https://www.primicias.ec/noticias/economia/mayores-deudores-sri-perdon-intereses-noboa/
Ecuador Chequea. (2024, 26 de noviembre). Es impreciso decir que la deuda actual de “Corporación Noboa” con el SRI es de 91 millones. Ecuador Chequea. Recuperado de https://ecuadorchequea.com/es-impreciso-decir-que-la-deuda-actual-de-corporacion-noboa-con-el-sri-es-de-91-millones/
El Telégrafo. (2013, 13 de marzo). Bienes de Bananera Noboa son embargados por el SRI. El Telégrafo. Recuperado de https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/economia/1/bienes-de-bananera-noboa-son-embargados-por-el-sri
Presidencia de la República del Ecuador. (2013). Remate de La Clementina, un paso más hacia la equidad social. Boletín de prensa. Recuperado de https://www.presidencia.gob.ec/remate-de-la-clementina-un-paso-mas-hacia-la-equidad-social/
El Comercio. (2010, 15 de junio). Bananera Noboa y el SRI, en pugna por los tributos. El Comercio. Recuperado de https://www.elcomercio.com/actualidad/negocios/bananera-noboa-y-sri-pugna/
[1] Durante el período en que la Hacienda pertenecía al Grupo Noboa, diversos testimonios y reportajes periodísticos señalaron condiciones laborales caracterizadas por jornadas extenuantes, pagos irregulares, falta de afiliación a la seguridad social y control territorial de los trabajadores. Estas prácticas presentan similitudes con las formas evidenciadas en el caso Furukawa, por formas de esclavitud modernas, particularmente en lo referente a la dependencia económica, la privación de derechos y la vulnerabilidad estructural de los trabajadores y sus familias.
Los fideicomisos públicos como nodos de articulación financiera
El Artículo 5 autoriza la creación de fideicomisos públicos para la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Estos podrán financiarse mediante donaciones, préstamos, rendimientos de proyectos y tasas derivadas de actividades permitidas.
“La autoridad competente podrá constituir un fideicomiso público para la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas […] que se podrá nutrir de […] donaciones nacionales o internacionales; […] préstamos; […] rendimientos de proyectos; y otros ingresos generados […] como tasas, tarifas u otros mecanismos legalmente establecidos” (Art. 5).
Este mecanismo replica esquemas ya utilizados en los canjes de deuda por naturaleza. Como en el caso Galápagos, dichos fideicomisos pueden ser gestionados desde el extranjero, con comités técnicos dominados por actores internacionales y sin garantías efectivas de transparencia, auditoría ciudadana o control parlamentario. Aunque el texto alude a la normativa del Sistema Nacional de Finanzas Públicas, no incluye mecanismos vinculantes de fiscalización democrática o participación comunitaria.
Gestión privada de territorios: entre la tercerización funcional y la desposesión
El Artículo 4 permite que la administración de las áreas protegidas pueda ser delegada a gestores privados mediante contratos u otros mecanismos asociativos, con la única condición de «no privatizar» formalmente el área.
“El modelo de gestión […] podrá optar por la gestión directa del Estado […] o con gestores privados a través de mecanismos contractuales de administración; mecanismos asociativos; u otros mecanismos […]” (Art. 4).
Esta disposición introduce una tercerización funcional, característica de los esquemas de financiamiento climático. Bajo este régimen, las áreas podrán ser operadas por ONGs transnacionales, fideicomisos con sede en el extranjero o empresas que ofertan servicios ecosistémicos, sin que el control efectivo permanezca en manos del Estado ecuatoriano. Estos arreglos tienden a vaciar de contenido la titularidad pública, restringiendo la capacidad soberana de planificación territorial. Diversos estudios han caracterizado estos procesos como formas contemporáneas de «colonialismo verde» (Büscher y Fletcher, 2020), por subordinar los bienes comunes a lógicas de acumulación financiera global.
Servicios ecosistémicos: apertura normativa al mercado ambiental
El Artículo 7 habilita una variedad de actividades económicas en zonas de uso público, incluyendo infraestructura turística, monitoreo de biodiversidad y servicios ecosistémicos.
“[Se podrán desarrollar] proyectos enfocados en […] alimentación, alojamiento, transporte, construcción […] monitoreo de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos” (Art. 7).
Aunque se prohíbe la extracción de recursos no renovables, la referencia al «monitoreo de servicios ecosistémicos» sin definición normativa precisa anticipa su cuantificación y posible transacción en mercados ambientales. Ecuador ya cuenta con plataformas como TERRA (REDD+), financiada por el Banco Mundial, que permiten monetizar la captura de carbono en bosques nativos. Este marco legal acondiciona el territorio para convertir tales servicios en activos financieros, facilitando futuros canjes de deuda, emisiones verdes o esquemas de «bancos de conservación».
Fideicomisos y arquitectura financiera internacional
El uso del fideicomiso como instrumento de intermediación financiera fue central en el Galápagos Marine Bond (2023), una operación por USD 1.628 millones estructurada por el BID y Credit Suisse. El fideicomiso Galápagos Life Fund, registrado en Delaware (EE.UU.), fue gestionado sin control parlamentario, bajo un comité técnico internacionalizado. La nueva ley permite replicar este modelo con respaldo legal, ampliando su aplicación al conjunto del sistema de áreas protegidas.
Esto configura una infraestructura legal funcional a las exigencias de bancos multilaterales, plataformas de disclosure como el Taskforce on Nature-related Financial Disclosures (TNFD) o las iniciativas del FMI sobre deuda y clima. El peligro no es solo técnico: se trata de una cesión de soberanía fiscal, ecológica y territorial que convierte los territorios en colaterales de operaciones financieras estructuradas.
Seguridad y control territorial: riesgo de militarización opaca
La ley habilita la participación de Fuerzas Armadas y Policía Nacional en la «protección» de las áreas protegidas (Art. 9), sin establecer mecanismos de control civil ni límites operativos. En un contexto de infiltración del crimen organizado en estructuras estatales, esta disposición plantea serios riesgos de instrumentalización del aparato de seguridad. La experiencia comparada muestra que la militarización de la conservación (como en Colombia o México) suele intensificar conflictos territoriales y criminalizar a comunidades locales.
Tramitación exprés y unidad de materia
El carácter de ley económica urgente ha sido instrumentalizado para evitar un debate estructural. Al incluir disposiciones de carácter fiscal, ambiental, de seguridad interna y de endeudamiento externo bajo la etiqueta de “gestión económica”, el proyecto podría violar el principio constitucional de unidad de materia (art. 136), según jurisprudencia previa de la Corte Constitucional.
Un marco a medida del capital verde
Lejos de fortalecer la conservación, esta ley consolida un marco legal adaptado a la arquitectura de las finanzas verdes globales. En lugar de proteger la biodiversidad, la convierte en activo transable. Legaliza e institucionaliza mecanismos que han demostrado ser opacos, excluyentes y funcionales a lógicas de acumulación externa.
Frente a esta avanzada, es urgente no solo exigir el respeto a los derechos territoriales de pueblos y comunidades, sino también cuestionar la arquitectura financiera que pretende salvar la naturaleza reduciéndola a toneladas de carbono y retornos en divisas. La disputa no es solo por la gestión de las áreas protegidas, sino por el sentido mismo de la conservación y su relación con la soberanía democrática.