
Lo que aprobó la UE es, en sencillo, una reforma que recorta y acota dos reglas pensadas para que las grandes empresas rindan cuentas sobre impactos sociales y ambientales (incluida su cadena de proveedores).
1) ¿Qué son esas reglas?
- CSRD (reportes de sostenibilidad): obliga a empresas a publicar información comparable sobre huella ambiental, riesgos climáticos, derechos laborales, cadena de suministro, etc.
- CSDDD (diligencia debida): obliga a identificar, prevenir, mitigar y, en ciertos casos, remediar riesgos de derechos humanos y ambiente en la cadena de valor (por ejemplo: trabajo forzoso, deforestación, contaminación, violencia contra comunidades).
2) ¿Qué cambió con la reforma?
La UE decidió que estas obligaciones se apliquen a muchas menos empresas, subiendo los umbrales. Para CSRD, quedan obligadas las empresas con más de 1.000 empleados y más de €450 millones de facturación anual neta. En diligencia debida (CSDDD), el estándar se vuelve principalmente para gigantes (se menciona el umbral de >5.000 empleados y >€1.500 millones). Además, se suavizan “dientes” del sistema: se cae la exigencia de ciertos planes climáticos, se diluyen mecanismos de responsabilidad y se reduce el alcance efectivo del control.
3) ¿Por qué esto importa en América Latina?
Porque Europa es un comprador y financiador enorme. Cuando una empresa europea estaba obligada por ley a reportar y a probar diligencia debida, trasladaba exigencias a su cadena: pedía trazabilidad, pruebas, auditorías, planes correctivos, y a veces cambiaba proveedores si había escándalos o riesgos. Si esa obligación se reduce, baja la presión “desde el mercado europeo” sobre cadenas latinoamericanas en sectores típicamente conflictivos (agroexportación, incluyendo abacá, minería, forestal, textil).
En la práctica, puede ocurrir:
- Menos demanda formal de información y corrección (porque menos empresas están obligadas).
- Más sustitución por controles privados voluntarios (sellos, auditorías, certificaciones), que pueden ser opacos, caros y desiguales: no desaparece la presión reputacional, pero se vuelve más arbitraria.
- Una señal política de “competitividad vs. derechos” que puede ser usada por élites locales para relativizar controles (“si Europa afloja, ¿por qué nosotros endurecer?”).
Aunque esta reforma no significa “barra libre”, sí reduce una palanca pública importante para ordenar cadenas globales. Para América Latina, el riesgo es una carrera a hacían el fondo: competir por precio recortando estándares, mientras los costos reales (ambientales, laborales, territoriales) se trasladan a comunidades y Estados con menor capacidad de control.
Referencias
- EFEverde. (2026, 24 de febrero). La UE aprueba definitivamente rebajar los requisitos de sostenibilidad a grandes empresas. EFEverde.
- Council of the European Union. (2026, 24 de febrero). Council signs off simplification of sustainability reporting and due diligence requirements to boost EU competitiveness (Press release). Consilium.
- Reuters. (2026, 24 de febrero). EU countries give final approval to weaken company sustainability laws. Reuters.
- Furukawa Nunca Más – Comité de Solidaridad. (s.f.). Sitio web oficial. Consultado el 26 de febrero de 2026, de https://www.furukawanuncamas.org/